Sobre la Ley 21.643 -más conocida como «Ley Karin”-, y el doble estándar de la Dirección del Trabajo, escribe nuestro socio y líder del área laboral Francisco Cárcamo en su columna de opinión en la sección Legal de El Mercurio.
Respecto de las atribuciones de la Dirección del Trabajo ante casos donde exista Ley Karin, señaló: «La Dirección del Trabajo (DT) actúa de forma ilegal al poner barreras para que los trabajadores busquen protección a sus derechos, configurándose así la traición a la ley de la que hablamos. Además, actúa con un doble estándar, pues esas reglas de admisibilidad están vedadas para el empleador si la denuncia se investiga al interior de la empresa y si, por cualquier motivo, el empleador tuviese la audacia de realizar un control de admisibilidad semejante, sin duda la DT sancionaría al empleador, y ahí es donde está el segundo elemento del reproche, un doble estándar ilegal y arbitrario».