El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió la Resolución N°69, estableciendo que las plataformas de apuestas digitales extranjeras que operan con consumidores chilenos deberán pagar IVA, una medida que ha generado amplio debate jurídica, tributaria e institucional.

Al ser consultada por Diario Financiero, nuestra asociada senior María Fernanda Heusser Errázuriz analizó los alcances de esta medida y los argumentos que sustentan tanto su defensa como sus cuestionamientos. “La generación del hecho gravado es una apreciación objetiva, independiente de la calificación de licitud o legalidad del mismo(…) Por otro lado, como argumento en contra, podemos señalar el deber de no contradicción entre los distintos órganos del Estado respecto a una misma materia, como ocurre en el caso concreto. Adicionalmente, es discutible si el SII puede -por una resolución- crear un sistema de incorporación para una actividad que él mismo había excluido anteriormente, sin mediar modificación legal”, señaló al matutino.

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